CONTROLAN ACCESO A INSTALACIONES DEL PODER JUDICIAL

Kuali/Guanajuato, Gto.-El Consejo del Poder Judicial del Estado de Guanajuato acordó que las personas que acudan a las instalaciones del Poder Judicial deberán portar cubrebocas o careta y no se permitirá el acceso a quienes presenten tos, fiebre, dolor de cabeza y dificultad para respirar.

A C U E R D O

ARTÍCULO 1. AMPLIACIÓN DEL ESQUEMA DE TRABAJO Y MEDIDAS ADOPTADAS. A fin de dar continuidad a las medidas adoptadas por este Órgano Colegiado, con la finalidad, por un lado, de evitar la concentración de personas y la propagación del virus SARS-CoV2, pero por otro, ampliar de manera gradual y ordenada las actividades jurisdiccionales en una mayor escala, se modifica el Acuerdo General emitido por el Consejo del Poder Judicial en sesión celebrada el 28 de mayo de 2020, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 29 del mismo mes y año, para ampliar el esquema de trabajo en los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, en los términos que a continuación se precisan.

En lo conducente, continúan vigentes los siguientes Acuerdos Generales emitidos por el Consejo del Poder Judicial: el aprobado en sesión celebrada el 23 de abril del año 2020, relativo a la implementación del uso de la videoconferencia en tiempo real para el desahogo de audiencias, ampliando el esquema para la celebración de todo tipo de audiencias, no sólo las de carácter urgente; el aprobado en sesión de fecha 29 de abril del 2020, considerando la modificación del plazo de suspensión de labores decretada en Acuerdo General de fecha 28 de mayo del año en curso, el que se amplió hasta el 15 de junio; permaneciendo vigente también el Acuerdo General asumido en sesión de fecha 19 de Mayo de 2020.

ARTÍCULO 2. INSTRUMENTOS EN MATERIA DE SEGURIDAD SANITARIA. En cumplimiento a lo estipulado por el artículo 13 del Acuerdo General del Consejo del Poder Judicial, asumido en sesión de 28 de mayo de 2020, publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado el día 29 del mismo mes y año, y en observancia a lo dispuesto por la fracción II del artículo segundo del Acuerdo asumido por el Secretario de Salud Federal, mediante el que se establece la estrategia para la reapertura de actividades, así como el sistema de semáforo por regiones para evaluar el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, se declaran de observancia obligatoria el Protocolo de Seguridad Sanitaria y el Plan de Contingencia Sanitaria del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, tanto para las y los servidores públicos del Poder Judicial como para las personas usuarias.

ARTÍCULO 3. INGRESO DE PERSONAS A EDIFICIOS DEL PODER JUDICIAL. Para tener acceso a las instalaciones, las y los usuarios deberán observar en todo momento las disposiciones del Protocolo de Seguridad Sanitaria del Poder Judicial del Estado de Guanajuato y acudir portando cubrebocas o careta para proteger su salud e integridad, así como la de los demás justiciables, litigantes, servidores públicos y público en general. La inobservancia de lo dispuesto en la presente fracción tendrá como consecuencia la restricción del ingreso a los edificios del Poder Judicial para la consulta de expedientes y presentación de promociones. En caso de presentar síntomas como tos, fiebre, estornudos, dolor de cabeza, dificultad respiratoria, temperatura corporal superior a 37.5 grados, malestar en general o bien, si se encuentran en situación especial de vulnerabilidad frente al virus SARS-CoV2, deberán evitar presentarse.

ARTÍCULO 4. ESQUEMA DE CONSULTA DE EXPEDIENTES Y PRESENTACIÓN DE PROMOCIONES SUBSECUENTES. Con el propósito de dar continuidad a las medidas tendientes a evitar la concentración de personas y la propagación del virus SARS-CoV2, y en preparación para la reanudación de las actividades jurisdiccionales, se establece del 8 al 12 de junio de 2020 la jornada de consulta de expedientes y presentación de promociones subsecuentes en todos los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, la cual se regirán bajo las siguientes reglas de operación:

El acceso a los Juzgados será controlado por personal del propio órgano jurisdiccional.

Las y los usuarios deberán formarse afuera de las instalaciones del Juzgado, siguiendo el orden conforme vayan llegando y guardando la sana distancia entre uno y otro, respetando las marcas colocadas para tal efecto, sin que esté permitido apartar lugares. En los Juzgados en que el flujo de personas lo permita, se podrá ingresar de manera inmediata, observando las medidas sanitarias en todo momento.

Se permitirán hasta 5 expedientes para consulta, por persona.

Asimismo, las y los usuarios podrán hacer uso de la tecnología para obtener imágenes de los expedientes o bien, se podrán obtener copias fotostáticas en los módulos destinados para ello, a dónde los acompañará personal del Juzgado.

Si en el expediente existe una notificación pendiente que corresponda a la o el usuario, se practicará la misma, aún y cuando los plazos y términos continúen suspendidos.

Solamente hasta que alguna de las personas consultantes abandone las instalaciones del Juzgado, se permitirá el acceso a la que siga en el turno.

ARTÍCULO 5. REMISIÓN DE NOTIFICACIONES. Finalmente, a partir del 15 de junio del 2020, los órganos jurisdiccionales deberán remitir a las Oficinas Centrales de Actuarios, o entregar directamente a los Actuarios, según sea el caso, los expedientes pendientes de notificación, mismas que serán realizadas a las partes conforme a lo establecido en la normatividad correspondiente, de manera escalonada y una vez que se normalicen las actividades, salvo las que se refieran a asuntos que se califiquen como urgentes.

ARTÍCULO 6. CONSULTA DE TOCAS Y PRESENTACIÓN DE PROMOCIONES SUBSECUENTES EN LAS SALAS CIVILES DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO. Las disposiciones anteriores son aplicables, en lo conducente, a las Salas Civiles del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado.

ARTÍCULO 7. SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES. Se precisa que continúa la vigencia del Acuerdo General emitido por el Consejo del Poder Judicial en sesión ordinaria celebrada el 19 de mayo del año en curso, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, de fecha 20 del mismo mes y año, en términos de lo dispuesto en el Artículo 1 del Acuerdo General de fecha 28 de mayo de 2020, por lo que, los plazos y términos procesales se encuentran suspendidos, excepción hecha de los casos que a continuación se mencionan:

Casos urgentes competencia de los Juzgados Civiles de Partido, Juzgados Civiles de Partido especializados en materia Familiar, Juzgados Regionales de Oralidad Mercantil, Juzgados Menores Civiles y Juzgados Menores Mixtos, ya precisados en el artículo 2 del Acuerdo General del Consejo del Poder Judicial de fecha 29 de abril del 2020, así como los urgentes que deberá atender el Centro Estatal de Justicia Alternativa conforme al artículo 6 del Acuerdo General del 28 de mayo del presente año.

Los asuntos competencia de las Salas Penales Unitarias y Colegiadas del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, los Juzgados Regionales que operan el Sistema Acusatorio Adversarial, Juzgados que operan el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, Juzgados de Ejecución, Juzgados Penales de Partido, Juzgados Menores Penales y Juzgados Menores Mixtos en lo relativo a la materia penal.

ARTÍCULO 8. REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES EN MATERIA PENAL. En los asuntos competencia de las Salas Penales Unitarias y Colegiadas del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, los Juzgados Regionales que operan el Sistema Acusatorio Adversarial, Juzgados del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, Juzgados de Ejecución, Juzgados Penales de Partido, Juzgados Menores Penales y Juzgados Menores Mixtos en lo relativo a la materia penal, se reanudan las labores a partir del día lunes 8 de junio del 2020 y, como consecuencia de ello, comienzan a correr plazos y términos según las reglas procesales que apliquen a cada sistema. Deberá privilegiarse el desahogo de audiencias por videoconferencias en tiempo real y el trabajo a distancia.

ARTÍCULO 9. REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES EN MATERIA CIVIL. En los asuntos competencia de las Salas Civiles del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, los Juzgados Civiles de Partido, Juzgados Civiles de Partido especializados en materia Familiar, Juzgados Regionales de Oralidad Mercantil, Juzgados Menores Civiles y Juzgados Menores Mixtos en lo relativo a la materia civil, se reanudan las labores a partir del día martes 16 de junio del 2020 y, como consecuencia de ello, comienzan a correr plazos y términos según las reglas procesales que apliquen a cada sistema. Deberá privilegiarse el trabajo a distancia.

ARTÍCULO 10.  TRATAMIENTO A GRUPO VULNERABLE. Se abstendrán de presentarse a trabajar a la unidad jurisdiccional o administrativa, las personas que pertenecen al grupo vulnerable, debiendo realizar labores desde su casa; por lo tanto, el personal que se presente a laborar será el estrictamente necesario para la prestación del servicio, observando en todo momento las reglas de la sana distancia y utilizando el equipo de protección personal (cubrebocas, caretas plásticas y guantes).

Continuará suspendido el registro de control de asistencia del personal del Poder Judicial en los relojes implementados para tal efecto. El responsable de la unidad jurisdiccional o administrativa llevará el control correspondiente.

ARTÍCULO 11. ORDEN EN EL INGRESO A LAS INSTALACIONES DEL PODER JUDICIAL. La Dirección de Seguridad Institucional deberá coordinar el acceso a los edificios del Poder Judicial a fin de que las personas usuarias atiendan el Protocolo de Seguridad Sanitaria, emitido por el Consejo del Poder Judicial.

 

T R A N S I T O R I O S

 

P R I M E R O. El presente Acuerdo entrará en vigor el día 8 de junio del 2020.

 

S E G U N D O. Publíquese en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado, así como en el portal del Poder Judicial del Estado de Guanajuato.

 

T E R C E R O. El Consejo del Poder Judicial del Estado interpretará el presente Acuerdo y resolverá las cuestiones no previstas que se susciten, con motivo de su aplicación.

 

C U A R T O. Comuníquese el presente Acuerdo al Gobernador Constitucional del Estado, a la Presidenta del Congreso del Estado de Guanajuato, así como a la Fiscalía General del Estado.

 

A T EN T A M E N T E.

Guanajuato, Gto., 02 de junio de 2020.

“2020, Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria”.

El Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y

del Consejo del Poder Judicial del Estado

Mgdo. Héctor Tinajero Muñoz.

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