FISCALIZARÁ CONGRESO FIDEICOMISOS Y AGRUPACIONES PRIVADAS

Carlos García/Guanajuato, Gto.-El Congreso aprobó la nueva Ley de Fiscalización Superior del Estado, que lo faculta a ordenar auditorías a personas físicas, morales, a instituciones privadas, fideicomisos, fondos, comités y patronatos que reciban recursos públicos y a solicitar el uso de la fuerza pública como medida de apremio.

Con la nueva Ley fue modificado el nombre del Órgano de Fiscalización Superior (OFS) a Auditoria Superior del Estado (ASE)- ente auditor del Congreso- con nuevas facultades para revisar cuentas de instituciones o personas físicas que no forman parte del aparato burocrático de los tres poderes del estado, de los municipios o de los organismos autónomos.

Los servidores públicos deben guiarse por la ética, el profesionalismo y la rendición de cuentas, por eso es necesaria una ley actualizada que garantice la evaluación del uso de los recursos, sostuvo el presidente de la Comisión de Hacienda, Alfonso Ruiz Chico.

Agregó que la Ley de Fiscalización Superior tiene una “serie de preceptos normativos novedosos que permitan al ente técnico de fiscalización estatal, una eficiencia integral en la función de la fiscalización”.

La nueva norma contempla las auditorías practicadas en tiempo real, se obliga a los sujetos de fiscalización a presentar cada tres meses información financiera y se reduce el tiempo de las auditorias, refirió el diputado.

“Debe destacarse la reducción de un plazo de seis meses para la revisión de la cuenta pública y práctica de auditorías, y se instituye como cobertura mínima para los actos de fiscalización el 30 por ciento del ingreso-gasto, a fin de fortalecer la oportunidad, dinamismo y contundencia de los actos de fiscalización”, argumentó.

Otra novedad de la ley es el seguimiento a los resultados de la fiscalización para que el ente auditor tenga un mayor control de los juicios civiles y pueda solicitar información a los órganos de control interno de cada dependencia.

“Se otorgan facultades a la Auditoría Superior respecto a la imposición de las denominadas medidas de apremio, consistentes en multa, auxilio de la fuerza pública o promoción de responsabilidades, con la finalidad de hacer valer sus determinaciones o requerimientos”, dijo Ruiz Chico.

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