ELVIA FUE POSTULADA AL TJA POR SU CAPACIDAD: GOBERNADOR

Carlos García/León, Gto.- Por su capacidad, Elvia Oralia del Pilar Durán es postulada como magistrada del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) y sugerir que es por un pacto con su esposo, el fiscal Carlos Zamarripa Aguirre, es violencia política contra la mujer en razón de género, sostuvo el gobernador, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo.

La postulación de Elvia Oralia del Pilar ha generado críticas por parte de partidos de oposición ,porque su postulación al TJA se realiza ante la inminente renuncia de su esposo Carlos Zamarripa a la Fiscalía General del Estado (FGE).

Desde el primer día de la campaña, la ahora gobernadora electa, Libia García Muñoz Ledo, anunció que Zamarripa no estaría en su gobierno.  La salida jurídica de Zamarripa es la renuncia.

“No vayan a cometer el error, que siempre han criticado, de juzgar a una mujer por su esposo y no por sus capacidades, porque como les gusta decir: la esposa de…”, recomendó el mandatario a los reporteros.

Elvia Oralia tiene una “gran trayectoria” en el Poder Judicial y es “una gran mujer que tiene todas las capacidades y toda la confianza”, resaltó Rodríguez Vallejo.

“No cometan ese defecto, tan machista, de juzgar a las mujeres por su pareja, ellas tienen la capacidad”, reiteró a los periodistas.

¿Qué características vio profesionalmente hablando?

-Es una mujer capaz, es una mujer que trabajó en el Poder Judicial siendo juez, una carrera intachable, mujer preparada, creo que va hacer un trabajo al frente del Juzgado Administrativo.

"Había otros perfiles?

-Sin duda, había muchos, pero, hoy las mujeres han demostrado que pueden estar en mejores posiciones, necesitamos a las mujeres, está el caso de Libia y de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum.

¿No tiene que ver -la postulación- con un pacto?

-Nada, eso ya es violencia contra las mujeres.

“No lo insinúen porque no es por ahí”, advirtió el gobernador.

El artículo 5 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Guanajuato define la violencia política contra las mujeres en razón de género como toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.

Así como el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo, refiere

Las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por su condición de mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella, señala el artículo.

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