Carlos García/Guanajuato, Gto.- El Comité Estatal de Morena iniciará un proceso en la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia contra el exregidor y exasesor legislativo, Óscar Edmundo Aguayo Arredondo, por golpear a su esposa y edil morenista en el Ayuntamiento de Guanajuato, Celia Carolina Valadez Beltrán, anunció el secretario general del partido guinda, Jesús Ramírez Garibay.
“Primero nos solidarizamos con la regidora Celia Carolina por lo sucedido, estamos en contra de cualquier forma de violencia que se pueda generar en contra de alguna mujer”, declaró el líder partidista.
Adelantó que el caso de Óscar Aguayo será abordado en la sesión del Comité Ejecutivo Estatal de Morena, que se realizará la próxima semana.
“Vamos a revisar el tema y le vamos a dar parte a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, que es nuestro órgano de justicia interpartidaria”, instancia que determinará la sanción, anticipó en entrevista exclusiva.
Añadió que la Comisión de Honestidad puede suspender los derechos o expulsar a Óscar Aguayo porque incurrió en actos contrarios a los principios de Morena.
Jesús Ramírez ventiló que habló con la regidora Carolina Valadez para “externarle nuestra solidaridad y apoyo, si requiere algún acompañamiento del partido, también para brindárselo".
La edil capitalina analiza el tema “en su ámbito interno” para determinar si interpone algún recurso legal.
“Ella solo dice que va a estar en un momento de reflexión”, acotó.
Óscar Aguayo agredió físicamente a su esposa, la regidora Carolina Valadez, en el interior de un vehículo, frente a su hijo menor de edad, de acuerdo con un reporte de la Secretaría de Seguridad del municipio de Guanajuato.
La dependencia recibió un reporte de que en la colonia La Venada, en la placita, estaba un hombre golpeando a su esposa.
El morenista también intentó agredir a los policías cuando iba a ser arrestado, según el reporte de Seguridad.
Violencia familiar
En marzo, el Congreso de Guanajuato reformó el Código Penal para castigar con más severidad la violencia familiar; aprobó aumentar la pena máxima de seis a 12 años de prisión.
El castigo que contemplaba el artículo 221 del Código Penal era de uno a seis años de prisión.
Con la reforma, la sanción privativa de la libertad pasó de dos a nueve años y se creó la violencia agravada, que se castiga de tres a 12 años de prisión.
“A quien ejerza violencia de cualquier tipo contra una persona con la que tenga relación de parentesco, matrimonio, concubinato o análoga; contra los hijos del cónyuge o pareja, pupilos o incapaces que se hallen sujetos a la tutela o custodia de uno u otro, se le impondrá de dos a nueve años de prisión”, marca el artículo 221 que entró en vigor. También establece una multa de 20 a 90 días.
La reforma al artículo 221-a señala que la violencia familiar es agravada cuando la víctima sea menor de edad o incapaz, cuando la violencia física sea por razón de discapacidad.
También es agravada cuando las lesiones que por lo menos tarden en sanar más de quince días, dejen cicatriz permanente y notable en la cara, cuello o pabellón auricular o pongan en peligro la vida.
Así, cuando la víctima sea una mujer embarazada o durante los tres meses siguientes al parto, cuando se cometa con la participación de dos o más personas, con armas de fuego, punzocortantes o cuando se tengan documentados ante autoridad antecedentes o denuncia de violencia familiar cometidos por el mismo agresor.