IEEG NO PUEDE AUTORIZAR CONSULTA POPULAR

Alicia Arias/Guanajuato, Gto.- El Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) no puede autorizar la consulta popular sobre autonomía y situación política del estado de Guanajuato, solicitada por dos ciudadanos.

El Consejo General del IEEG resolvió este jueves que no es autoridad para conocer dicha solicitud, debido a que en las disposiciones legales y reglamentarias no se contempla la consulta popular como un mecanismo de participación ciudadana reconocido por la Constitución local como por la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato.

Por lo anterior, “la consulta formulada no es atendible por el Consejo General a través de su Comisión de Participación Ciudadana, en virtud de que sólo puede conocer conforme a sus atribuciones, los mecanismos de participación ciudadana contemplados en el marco jurídico vigente”, determinó el IEEG.

El pasado seis de marzo el instituto recibió en la Oficialía de Partes el aviso de intención para celebrar una consulta popular firmada por la ciudadana María Enriqueta Aceves Cervantes y el ciudadano Alfonso Ortega Said, para que se aborde la autonomía y la situación política del estado de Guanajuato, en el contexto del “Pacto Federal Mexicano”.

El artículo 30, segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, establece que el IEEG tendrá a su cargo la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de los mecanismos de participación ciudadana, los cuales son: iniciativa popular, plebiscito, referéndum y referéndum constitucional, de acuerdo con la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato, en su artículo 3.

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