Kuali/Salamanca, Gto.-La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato (PAOT) clausuró temporalmente unas instalaciones de la Fracción del predio rústico del rancho El Divisador, municipio de Salamanca, por un derrame de tóxicos.
La PAOT ha realizado inspecciones en el sito en la zona afectada en la comunidad Los Ramírez, tras denuncia, por derrame de residuos tóxicos, con la finalidad de verificar la precedencia de losresiduos.
La dependencia señaló que además de determinar la competencia para el seguimiento y atención del expediente se dictaminó la clausura derivado de no contar con requerimientos marcados en la norma ambiental.
Al momento de la clausura se visualiza pedacera de azulejo, tierra vegetal y residuos de plástico. El sitio no cuenta con cercado perimetral; al norte, este y oeste colinda con camino y parcelas agrícolas, al sur colinda con banco de material pétreo de arena.
Referente al socavón se observa crecimiento de vegetación silvestre; los taludes del sitio se encuentran descubiertos. Al momento de la visita se observan personas ajenas al sitio, realizando actividades de pepena de azulejo.
La atención a esta diligencia se realizó con fundamento legal en el Artículo 169 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato que a la letra señala: “Cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato, fundada y motivadamente, podrá ordenar alguna o algunas de las siguientes medidas de seguridad: I.- La clausura temporal, parcial o total de las fuentes contaminantes, así como de las instalaciones en que se desarrollen las actividades que den lugar a los supuestos a que se refiere el primer párrafo de este artículo.
Además con fundamento en lo dispuesto en los artículos 4, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 2, 3, 5 fracción IV, 9 fracciones I, XI, XIII, 27 fracción XII, 30, 49, 102 fracciones I, II, III y IV 160, 161, 162, 163, 169, 182, 184, 185 y 186 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato; artículos 9 fracción I, II, III y IV, 32 fracciones I, II, II, IV, V, VI,VII, VIII, IX y X, 37, 40 fracciones II, III y de la V a la XII, 41, 42, 43, 45, 64, 70 y 71 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato.