PROTEGEN ZONA DE RECARGA DE AGUA EN IRAPUATO

Kuali/Irapuato, Gto.-Guanajuato es el primer estado a nivel nacional en contar con una zona de recarga de agua al emitirse la ‘Primera Declaratoria Municipal de Protección de la Zona de Recarga de Mantos Acuíferos la Cañada’ en el municipio de Irapuato.

La zona tiene una extensión de más de mil 200 hectáreas que permitirá proteger, restaurar, conservar y asegurar los recursos naturales presentes para ayudar en la infiltración de agua de lluvia a los mantos acuíferos de la región.

La Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial (SMAOT) en coordinación con la Comisión Estatal del Agua (CEAG) y el ayuntamiento, atienden el abatimiento hídrico, a través de la conservación de los recursos naturales como son las zonas de recargas.

La titular de la SMAOT, María Isabel Ortiz Mantilla, encabezó la firma de un convenio de colaboración entre la SMAOT y CEAG, para impulsar las declaratorias y el proceso de protección para las zonas de recarga de los acuíferos en el Estado de Guanajuato.

“La Comisión Estatal del Agua identificó más de 700 zonas de recarga en el estado, 217 prioritarias y hemos estado trabajando en buscar cómo esas zonas de recarga nos van a beneficiar a todo el estado y al planeta entero", dijo.

Los retos actuales incluyen frenar el abatimiento de acuíferos, satisfacer la demanda de agua superficial y subterránea, mitigar los efectos hídricos del cambio climático, así como atender los problemas de contaminación de los principales cuerpos y corrientes de agua superficial en el estado, refirió.

La Zona de Recarga de Mantos Acuíferos la Cañada’, contempla las comunidades ‘El Garbanzo’, ‘El Comederito’, Cañada de la Muerte’, ‘Rancho el Roble’, ‘Santa Rosa Temascatío’, ‘Estancia del Copal’, ‘San Nicolás de Temascatío’ colindante con el municipio de Salamanca y las ANP municipal y estatal ‘Los Encinos’ y ‘Cuenca Alta del Río de Temascatío’ respectivamente.

Cumple con el Código Territorial para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, es un área de alto potencial de infiltración, se ubica entre dos Unidades de Gestión Ambiental y Territorial (UGAT) con vocación de conservación de ecosistemas y recuperación de zonas degradadas, presenta una biodiversidad bilógica importante, sin asentamientos humanos ni conflictos por la tenencia de la tierra.

Se determinó una zonificación que permitirá establecer acciones precisas de acuerdo a las condiciones de la zona; estableciendo subzonas de restauración, protección y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; así como un programa de protección con acciones de manejo que contemplan un programa de protección de ecosistemas, programa para el mantenimiento de los de los bienes y servicios ambientales hidrológicos y programa conservación de los recursos hídricos superficiales y subterráneos

Durante el año 2022 se desarrollaron estudios técnicos justificativos para la declaratoria de protección de Zonas de recarga de acuíferos en los municipios de Irapuato, Abasolo y Huanímaro.

Con la firma del convenio entre SMAOT y CEAG, se desarrollarán proyectos y acciones para restablecer o mejorar las condiciones naturales de la zona, y mejorar la recarga de mantos acuíferos; se definirán políticas, objetivos y criterios de regulación que propicien la protección de la zona para la recarga de acuíferos; gestionarán recursos económicos por provisión de servicios ambientales y para desarrollo de proyectos productivos sustentables, conservarán los ecosistemas y la biodiversidad en las zonas de recarga y garantizará la disponibilidad de agua en el estado.

Durante su intervención la presidenta municipal Lorena Alfaro reiteró el compromiso de la administración de ser una ciudad resiliente y amigable con el medio ambiente a través de la directriz de la visión de la política pública ambiental desde Gobierno del Estado.

Una de las estrategias establecidas en el Código Territorial para el Estado de Guanajuato y sus Municipios- con el fin de atender el déficit hídrico-, es la protección de zonas de recarga; dichas zonas son aquéllas ubicadas en espacios naturales o en predios no construidos, que, por su ubicación o sus características de suelo y subsuelo, permiten la infiltración de agua de lluvia a los mantos acuíferos.

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