Kuali/Guanajuato, Gto.- Este martes el Congreso del Estado de Guanajuato aprobó reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato con la finalidad de brindar certeza a quienes ocupan diputaciones locales por el principio de mayoría relativa.
La reforma establece las condiciones que deben cumplir para contender por una elección consecutiva.
Con estas reformas se establece que, en caso de una nueva conformación de los distritos electorales, las y los diputados sujetos a elección consecutiva podrán postularse independientemente del número de distrito o de la composición que les corresponda, siempre y cuando comprenda alguno de los municipios que integran o formaban parte del distrito por el cual fueron electos.
También precisa que dicho supuesto no aplica a las y los diputados electos por el principio de representación proporcional.
A favor del dictamen hablaron los diputados Gustavo Adolfo Alfaro Reyes y Bricio Balderas Álvarez.
Alfaro Reyes precisó que los grupos de trabajo consultados y las entidades a las que se pidió opinión dieron pauta para que se pueda observar que no existe un impedimento legal al encontrarse los procesos y mecanismos dentro de las facultades de los congresos locales.
El legislador dijo que ninguna disposición jurídica señala que no existe impedimento legal para la propuesta de adición, puesto que se encuentra dentro de las facultades y libertad de configuración legislativa del Congreso del Estado de Guanajuato, por lo que la propuesta resulta razonable y no discriminatoria, al no vulnerar el derecho a ser votado, siempre que no se rompa el vínculo entre el electorado.
El diputado Bricio Balderas Álvarez se refirió a las modificaciones realizadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la manera en que estaban divididos los distritos electorales en el estado, cambios que, dijo, en algunos casos consisten en que hay municipios que cambiaron de distrito, y en algunos otros, aunque no se modificaron los municipios sí hubo una nueva composición de sus secciones electorales.
Apuntó que derivado de la redistritación formulada por el INE, 12 distritos de los 22 que se conforman tuvieron modificaciones y se componen por municipios distintos por los que fueron electas las diputaciones, sumado a que en los otros 10 distritos se modificaron algunas de sus secciones electorales.
Dijo que el tema no era la elección consecutiva porque hay varios elementos a considerar para aspirar a ella; sin embargo, consideraban que, en estos momentos, existe una laguna legal por definir ante los recientes cambios.
Argumentó que se busca adicionar que para cuando se presente una nueva conformación en los distritos electorales, los diputados sujetos a elección consecutiva puedan postularse con independencia del número de distrito o de la composición que les corresponda, pero que al menos comprenda alguno de los municipios que integran o formaban parte del distrito por el cual fue electo.