JEFES POLICÍACOS EN ABASOLO, P. NUEVO Y STA. CATARINA NO SON VIABLES

Kuali/Guanajuato, Gto.- Los responsables de las áreas de seguridad pública en los municipios de Abasolo, Pueblo Nuevo y Santa Catarina no se consideran personas viables para el cargo.

El director de seguridad de Abasolo, Franklin Ramírez Hernández, reprobó la Evaluación de Control y Confianza, motivo porque el cual no debe permanecer más tiempo en el cargo; mientras que los responsables de la seguridad pública de Pueblo Nuevo y Santa Catarina aprobaron los exámenes pero de acuerdo a los criterios de la misma evaluación se consideran “no viables para el puesto”.

De los 46 municipios del estado de Guanajuato, 40 tienen titulares de las áreas de seguridad pública que sí aprobaron las evaluaciones.

El secretario de Seguridad Ciudadana de Silao, Felipe Hernández Chávez, ya realizó los exámenes pero aun no recibe el resultado.

En el caso de Valle de Santiago, el titular no tiene un nombramiento definitivo para el cargo y se desempeña como encargado de despacho, motivo por el cual no cuenta con su Evaluación de Control y Confianza aprobada y vigente; mientras que en Jerécuaro no hay titular de del área, ya que no ha sido designado.

Así lo informó este martes la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato (SSPEG), quien recordó al alcalde de Valle de Santiago, Alejandro Alanís Chávez, que el encargado de despacho ejerce “sin estar evaluado y conforme al perfil requerido para el puesto. En virtud de lo anterior y con relación a este encargado de despacho, existe la obligación por parte de su respectivo presidente municipal de entregarle el nombramiento definitivo para continuar con el proceso, o bien tendrá que ser removido para nombrar a un nuevo titular, con el mismo deber de que se presente a la evaluación y la apruebe”.

La Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, establece que la permanencia es el resultado del cumplimiento constante de los requisitos establecidos en la presente Ley para continuar en el servicio activo de las Instituciones Policiales, y son requisitos de ingreso y permanencia aprobar los procesos de Evaluación de Control y Confianza.

Además, se establece una sanción de dos a ocho años de prisión y de quinientos a mil días multa, a quien “inscriba o registre en la base de datos del personal de las instituciones de seguridad pública, prevista en esta Ley, como miembro o integrante de una institución de seguridad pública de cualquier orden de gobierno, a persona que no cuente con la certificación exigible conforme a la ley, o a sabiendas de que la certificación es ilícita”.

La secretaría de seguridad pública en el estado advirtió que, derivado de lo anterior, existe la obligación legal de los gobiernos municipales para que los integrantes de las corporaciones de seguridad pública sean evaluados y aprueben el Control y Confianza; y que los titulares “deben contar con este perfil a efecto de ser evaluados y aprobados con ese carácter”.

Municipios con titulares de seguridad pública que sí aprobaron las Evaluaciones de Control y Confianza y cuentan con perfil vigente para el cargo.

1.         Acámbaro;

2.         Apaseo el Alto;

3.         Apaseo el Grande;

4.         Atarjea;

5.         Celaya;

6.         Comonfort;

7.         Coroneo;

8.         Cortazar;

9.         Cuerámaro

10.       Dr. Mora;

11.       Dolores Hidalgo;

12.       Guanajuato;

13.       Huanímaro;

14.       Irapuato;

15.       Jaral del Progreso;

16.       Santa Cruz de Juventino Rosas;

17.       León;

18.       Manuel Doblado;

19.       Moroleón;

20.       Ocampo;

21.       Pénjamo;

22.       Purísima del Rincón;

23.       Romita;

24.       Salvatierra;

25.       Salamanca;

26.       San Diego de la Unión;

27.       San Felipe;

28.       San Francisco del Rincón;

29.       San José Iturbide;

30.       San Luis de la Paz;

31.       San Miguel de Allende;

32.       Santiago Maravatío;

33.       Tarandacuao;

34.       Tarimoro;

35.       Tierra Blanca;

36.       Uriangato;

37.       Victoria;

38.       Villagrán;

39.       Xichú; y

40.       Yuriria.

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