RECHAZAN CREAR NUEVO PARTIDO POLÍTICO

Alicia Arias/Guanajuato, Gto.- No procedió el intento de revocar la decisión del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) de negar el registro como agrupación política local a “Corrijamos el Rumbo”.

Por mayoría de votos, en sesión extraordinaria celebrada este miércoles, el Consejo General del IEEG determinó improcedente el recurso de revocación promovido por José Manuel Aguilar Jasso en contra del acuerdo tomado el pasado 31 de agosto, por el cual se resolvió que no ha lugar a la solicitud presentada por Óscar Edmundo Aguayo Arredondo y José Manuel Aguilar Jasso, para el registro de “Corrijamos el Rumbo”.

El recurso de revocación fue presentado ante el instituto electoral el pasado ocho de septiembre y se consideró improcedente en virtud de que “no se actualiza el supuesto previsto en el artículo 392 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (Lipeeg), en razón de que en el apartado de agravios el recurrente refiere que con la emisión del acuerdo la autoridad responsable propició una violación al artículo 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que consagra el derecho de asociación, por lo que el Consejo General del IEEG carece de facultades para analizar las violaciones antes referidas”.

Para maximizar el acceso a la impartición de justicia completa y a la tutela judicial efectiva del impugnante, el consejo ordenó remitir la solicitud de impugnación al Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), toda vez que el acuerdo del IEEG con número CGIEEG/36/2022 es un acto susceptible de combatirse a través del juicio para la protección de los derechos político-electorales, y su conocimiento y resolución corresponde al tribunal electoral, como se señala en el artículo 391 de la ley electoral local.

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