ELIMINAN EL FUERO A FUNCIONARIOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO

Carlos García/Guanajuato, Gto.-El Congreso del estado eliminó el fuero al gobernador, legisladores, funcionarios de primer nivel, magistrados e integrantes de los ayuntamientos. Los diputados aprobaron por unanimidad reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado de Guanajuato.

“En los procesos judiciales del orden civil y penal, no hay inmunidad para ningún servidor público”, estipula la reforma al artículo 131 de la Constitución.

El gobernador, diputados, magistrados del Tribunal de Justicia, titulares de dependencias, integrantes de los ayuntamientos y los magistrados administrativos “podrán ser sometidos a proceso judicial durante el tiempo de su encargo”, señala el artículo 127.

Agrega que “sólo serán separados del su cargo cuando se trate de delitos comprendidos en el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Los delitos por los cuales podrán ser separados del cargo son delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con armas y explosivos, así como por delitos graves comprendidos en la Ley en Contra de la Seguridad de la Nación.

La reforma al artículo 129 señala que tratándose de delitos que no ameriten prisión preventiva, el proceso penal seguirá sin necesidad de separar del cargo al servidor público.

“Si el proceso concluye con sentencia condenatoria firme que amerite pena privativa de la libertad, el servidor público será separado del cargo, mediante declaratoria que realice el Congreso, tratándose de delitos dolosos”, marca el artículo.

En la sesión, también se aprobó un paquete de reformas del Sistema Estatal Anticorrupción para que el Congreso designe a los contralores internos de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato y del Instituto Acceso a la Información Pública.

En el caso de la Universidad de Guanajuato, del Instituto Electoral del Estado y del Tribunal Electoral; los diputados aprobaron que el contralor interno sea designado de una terna integrada por las propuestas recibidas de una consulta pública.

También fue reformado el artículo 10 de la Ley de Extinción de Dominio para quitarles a los funcionarios los bienes obtenidos mediante un enriquecimiento ilícito.

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