Milagros Tadeo/León, Gto.-Por unanimidad en el Senado de la República se aprobó sancionar a las aerolíneas por la sobreventa de boletos, retraso o cancelación de vuelos.
Tales faltas pudieran derivar en la aplicación de sanciones que pueden llegar hasta los 377 mil 450 pesos.
Para poner en marcha estas medidas fue necesario realizar modificaciones a la Ley de Aviación Civil, y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para regular y sancionar a las líneas aéreas por la sobreventa de boletos y la demora en los vuelos.
Es de destacar que ahora la Procuraduría Federal del Consumidor tendrá las atribuciones para poder sancionar este tipo de prácticas.
El senador por Guanajuato, Fernando Torres Graciano, resaltó que las modificaciones aprobadas van encaminadas a que se respeten los derechos de los usuarios aéreos quienes ahora contaran con una Ley en México que garantizará sanciones a las líneas áreas que abusen del usuario.
“Reconozco el esfuerzo de nuestros compañeros Colegisladores, ya que las modificaciones representan un avance importante en la protección de millones de usuarios del servicio público de transporte aéreo, contribuyendo a su vez a la mejora en su calidad”, resaltó.
Entre 2010 y 2016, las aerolíneas mexicanas pasaron de transportar 49 millones a 81 millones pasajeros de acuerdo a los registros de la Cámara Nacional de Aerotransportes (CANAERO), lo que ha permitido que brinden un mejor servicio a menor costo. Sin embargo, la legislación vigente quedó rezagada en perjuicio de los pasajeros.
En caso de demoras en los vuelos, cuando ésta sea responsabilidad de la aerolínea, el dictamen establece que éstas deberán difundir a través de folletos o de manera electrónica, los derechos de los usuarios y las atribuciones de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).
Se obligará a las aerolíneas a publicar en el área de abordaje las razones por las que los vuelos han sido demorados, a fin de que el usuario esté informado con exactitud de lo que ocurre.
Si la demora es de entre dos y cuatro horas, la aerolínea deberá pagar una compensación del 7.5 por ciento del costo total del vuelo y, adicionalmente, tendrá que proporcionarles a los usuarios un refrigerio por la espera.
Sin embargo, si la demora excede las 4 horas los pasajeros podrán solicitar el reembolso del boleto o la reprogramación del vuelo; adicionalmente se establece una compensación de, por lo menos, el 25 por ciento del precio total del boleto.
Las aerolíneas deberán notificar al pasajero, por todos los medios a su alcance, las modificaciones al itinerario con al menos 24 horas de anticipación, con el propósito de que cuente con mayor tiempo para decidir sobre nuevas opciones de viaje.
Los dictámenes correspondientes a las iniciativas fueron turnados al Ejecutivo para su publicación.